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26 de abril de 2013

LEGISLACIÓN CONTRA TRATA DE BLANCAS DEBE APLICARSE: OCHOA VALDIVIA


Comunicado de prensa
Hace tiempo, el Senado de la República recibió de la Cámara de Diputados el proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Con el nuevo ordenamiento se prevé penalizar  la explotación de personas con prisión de cinco hasta 40 años y establece mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.

Además, faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas y junto con los poderes judiciales de los tres niveles de gobierno  brinden a los ofendidos asistencia, seguridad y acceso a la justica.
Entre otras sanciones, se aplicará una pena de 20 a 40 años de cárcel y de dos mil a 30 mil días de multa, al que realice explotación sexual aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato y en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio.
Para el padre, madre, tutor o persona que entregue o reciba de forma ilegal, irregular, o incluso mediante la adopción, a una persona menor de dieciocho años con el fin de abusar o explotarla propone un castigo de 20 a 40 años de prisión y de 2 mil a 20 mil días de multa.
Esta Ley también plantea prisión de 15 a 25 y de mil a 20 mil días multa, al que promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio nacional con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados. Del mismo modo, establece de 10 a 20 años de cárcel y de mil a 20 mil días multa para quien “enganche, transporte, transfiera, retenga, reciba, acoja o entregue, para sí o para un tercero a una o varias personas con fines de explotación. También tipifica los delitos de trata de personas como explotación laboral, trabajos o servicios forzados, explotación de la prostitución u otras formas de explotación sexual, matrimonios forzados o serviles, esclavitud o prácticas afines o similares a la esclavitud, servidumbre, adopciones ilegales, corrupción de personas menores de 18 años.
Luego de lo anterior, el diputado local Ulises Ochoa Valdivia, Presidente de la Comisión de Educación en el Congreso del Estado, explicó que el ordenamiento es acertado y debe aplicarse puesto que este problema cada día afecta a más víctimas a lo largo de la República que ven flagelados sus derechos.
Cabe mencionar que hoy se llevó a cabo la instalación de la Conferencia Nacional de Legisladoras y Legisladores contra la Trata de Personas, que tuvo lugar en el Senado de la República.

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